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AYUDAS Y TARIFAS

Bono social luz 2026: requisitos, descuentos y cómo solicitarlo

El bono social eléctrico es una de las pocas ayudas directas que el Gobierno mantiene activas para reducir la factura de la luz en hogares con menos recursos. Si crees que puedes tener derecho a él, o simplemente no sabes si te aplica, en esta página te explicamos todo lo que necesitas saber: qué es, quién puede pedirlo, cuánto descuento supone y cómo tramitarlo sin perderte en el proceso.

El trámite tiene sus particularidades. Hay condiciones que mucha gente desconoce, como la obligatoriedad de estar en tarifa PVPC, y errores frecuentes que retrasan o bloquean la solicitud. Te los contamos también.

Qué es el bono social eléctrico

El bono social de la luz es un descuento regulado por el Gobierno que se aplica directamente en la factura de los consumidores reconocidos como vulnerables. No es una tarifa especial ni un producto que ofrezca una compañía concreta: es una medida de protección social que obliga a las comercializadoras de referencia a aplicarlo si el cliente cumple los requisitos.

El descuento se calcula sobre el término de potencia y el término de energía de la tarifa PVPC, y su porcentaje varía según el grado de vulnerabilidad reconocido. Además, tener el bono social eléctrico da acceso automático al bono social térmico, una ayuda anual adicional para cubrir gastos de calefacción, agua caliente o cocina.

Marco legal de referencia: Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, y Real Decreto-ley 2/2026.


Requisitos básicos para acceder al bono social

Para poder solicitar el bono social de la luz hay que cumplir, simultáneamente, tres condiciones generales:

  • 1. Tener contratada la tarifa PVPC El bono social solo puede aplicarse si tienes contratada la tarifa regulada (PVPC) con una comercializadora de referencia (Curenergía, Energía XXI, Comercializadora Regulada, entre otras). Si estás en el mercado libre, aunque sea con una empresa del mismo grupo que una comercializadora regulada, no puedes acceder al bono hasta cambiar de tarifa.
  • 2. Potencia contratada igual o inferior a 10 kW El suministro debe corresponder a la vivienda habitual del titular, no a una segunda residencia. La potencia contratada no puede superar los 10 kW.
  • 3. Ser el titular del contrato La persona que solicita el bono debe ser la titular del punto de suministro. Si no lo eres, deberás tramitar primero un cambio de titularidad.

Quién tiene derecho al bono social: niveles de vulnerabilidad

El acceso al bono depende del nivel de vulnerabilidad reconocido, que se determina en función de la situación económica y personal del solicitante y de su unidad de convivencia.

Consumidor vulnerable

42,5%

Descuento sobre el término de potencia y energía de la tarifa PVPC, dentro de los límites de consumo anuales.

Vulnerable severo

57,5%

Para quienes cumplen los requisitos de vulnerable y, además, la renta no supera el 50% del umbral establecido.

Riesgo de exclusión

100%

No abona la parte correspondiente. Para vulnerables severos atendidos por servicios sociales que financian al menos el 50% de su factura.

Consumidor vulnerable: criterios de acceso

Puede acceder al bono social quien cumpla al menos uno de estos criterios:

  • Renta anual de la unidad de convivencia igual o inferior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas (base: 8.400 €), incrementada en 0,3 veces por cada adulto adicional y 0,5 veces por cada menor.
  • Pertenecer a una familia numerosa.
  • Ser pensionista por jubilación o incapacidad permanente cobrando la cuantía mínima, sin otros ingresos significativos.
  • Ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Límites de renta orientativos según composición del hogar

Basados en el IPREM 2026: 8.400 € / 14 pagas.

Unidad de convivencia Límite aprox. (vulnerable) Límite aprox. (vulnerable severo)
1 adulto, sin menores 12.600 € 6.300 €
2 adultos, sin menores 15.120 € 7.560 €
2 adultos + 1 menor 19.320 € 9.660 €
2 adultos + 2 menores 23.520 € 11.760 €

Nota: estos valores son orientativos. Los límites exactos pueden variar en función de circunstancias especiales. Consulta siempre con tu comercializadora o con un asesor.

Circunstancias especiales que amplían el acceso

Existen situaciones que permiten elevar en 0,5 veces el IPREM el límite de renta aplicable, ampliando el acceso al bono para hogares que, de otro modo, quedarían fuera:

  • Discapacidad reconocida igual o superior al 33%
  • Dependencia reconocida de grado II o III en algún miembro del hogar
  • Situación de desempleo o ERTE
  • Reducción de jornada por cuidados
  • Condición de víctima de violencia de género

Bono social térmico: la ayuda adicional que pocos conocen

Ayuda automática para calefacción y agua caliente

Todos los beneficiarios del bono social eléctrico tienen derecho automático al bono social térmico, una ayuda anual para compensar gastos de calefacción, agua caliente sanitaria o cocina.

Se recibe en un único pago durante el primer trimestre del año, sin necesidad de solicitarlo por separado. La cuantía depende del nivel de vulnerabilidad reconocido y de la zona climática de residencia.


Cómo solicitar el bono social paso a paso

  • Paso 1 — Confirma que estás en tarifa PVPC Revisa tu última factura. Si estás en mercado libre, deberás cambiar a una comercializadora de referencia antes de iniciar la solicitud.
  • Paso 2 — Reúne la documentación necesaria Modelo de solicitud del bono social (disponible en la web de la comercializadora de referencia), DNI o NIE del titular y de todos los miembros de la unidad de convivencia, certificado de empadronamiento en vigor y libro de familia o documentos de filiación.
  • Paso 3 — Documentación adicional según tu situación Familias numerosas: título de familia numerosa vigente. Pensionistas: certificado de la Seguridad Social que acredite la pensión mínima. Beneficiarios del IMV: documentación que acredite la condición de beneficiario. Circunstancias especiales: certificado de los servicios sociales correspondiente.
  • Paso 4 — Presenta la solicitud a tu comercializadora La solicitud se entrega a la comercializadora de referencia con la que tienes contratado el PVPC. Cada compañía tiene sus canales propios: formulario web, correo electrónico, correo postal o presencialmente en sus oficinas.
  • Paso 5 — Espera la resolución La comercializadora dispone de un plazo máximo de 10 días hábiles desde que recibe la solicitud completa para comunicar la resolución. Si se aprueba, el descuento se aplica en la siguiente factura.

Renovación del bono social

El bono social tiene una vigencia de dos años, salvo en el caso de familias numerosas, que lo mantienen mientras conserven el título. Al aproximarse el vencimiento:

  • La comercializadora está obligada a avisarte.
  • Si sigues cumpliendo los requisitos, la renovación es automática cada dos años, sin necesidad de presentar nueva solicitud.
  • En algunos casos concretos (bono concedido antes del 31/03/2022 con condiciones anteriores) sí puede ser necesario presentar una solicitud nueva. Tu comercializadora te lo indicará.

Errores frecuentes que conviene evitar

  • Intentar pedir el bono estando en mercado libre Es el error más habitual. El bono solo funciona en tarifa PVPC. Si estás en mercado libre, el primer paso es cambiar de comercializadora.
  • Presentar la documentación incompleta Si falta algún documento o alguno ha caducado, la comercializadora rechazará la solicitud y tendrás que empezar de nuevo. Revisa las fechas de validez antes de enviarla.
  • No declarar todas las rentas de la unidad de convivencia El cálculo de vulnerabilidad se hace sobre los ingresos conjuntos de todos los miembros del hogar con ingresos. Una declaración incompleta puede derivar en resolución negativa o posterior revocación del bono.
  • Olvidar que el titular del contrato y el solicitante deben coincidir Si el contrato está a nombre de otra persona, hay que tramitar primero el cambio de titularidad.

¿Tienes dudas sobre tu situación o necesitas ayuda con el trámite?

Entender si cumples los requisitos y preparar bien la documentación puede resultar confuso, especialmente cuando hay varias personas en el hogar o situaciones personales que complican el cálculo.

En VD Energy analizamos tu situación sin compromiso: revisamos si tu contrato está en la tarifa adecuada, comprobamos si cumples los criterios de vulnerabilidad y te acompañamos en todo el proceso para que no tengas que gestionarlo solo.

Cuéntanos tu caso y te ayudamos →

¿Prefieres hablar con una persona directamente? Puedes escribirnos por WhatsApp o llamarnos. Sin formularios, sin esperas.


Preguntas frecuentes sobre el bono social de luz

¿Puedo solicitar el bono social si estoy en mercado libre?
No. El bono social solo es compatible con la tarifa PVPC, que únicamente ofrecen las comercializadoras de referencia. Si estás en mercado libre, deberás cambiar de tarifa antes de poder solicitarlo.
¿Qué pasa si mi consumo supera el límite establecido?
El descuento solo se aplica dentro del límite de consumo fijado por normativa. El exceso se factura a precio PVPC sin descuento. No perderás el bono, pero esa parte adicional no tendrá rebaja.
¿El bono social es compatible con el autoconsumo solar?
Sí. El bono social es compatible con instalaciones de autoconsumo. En ese caso, el descuento se aplica sobre la energía que consumes de la red y los términos regulados de la factura.
¿Me pueden cortar la luz si tengo el bono social?
Los beneficiarios del bono social tienen protección frente al corte de suministro por impago. Para 2026, esta protección está vigente por Real Decreto-ley. Si recibes un aviso de corte, contacta de inmediato con tu comercializadora.
¿Tengo que solicitar también el bono social térmico?
No. Si tu bono social eléctrico está vigente a 31 de diciembre del año anterior, recibirás el bono térmico de forma automática durante el primer trimestre, sin trámite adicional.
¿Qué hago si el descuento no aparece en mi factura?
Contacta con tu comercializadora, aporta la documentación acreditativa y solicita la revisión. Si no obtienes respuesta, puedes presentar una reclamación ante la CNMC.

Fuentes de referencia: Real Decreto 897/2017 · Real Decreto-ley 2/2026 · MITECO · CNMC · Seguridad Social. Información actualizada a 2026.