¿Cuánto cuesta dar de alta la luz? Precios y derechos explicados
Si estás a punto de tramitar el alta de la luz y quieres saber cuánto vas a pagar antes de empezar, aquí tienes la respuesta directa: el coste del alta está regulado por el Gobierno y es idéntico en todas las compañías. No importa con qué comercializadora tramites el alta: los precios no cambian.
Lo que sí varía es cuánto pagas tú en función de dos factores: la potencia que contratas y cuánto tiempo lleva el suministro dado de baja. A continuación te lo explicamos con números concretos.
Los tres derechos del alta de la luz
El coste total del alta se compone de tres conceptos, que se cobran de forma conjunta en la primera factura de la luz:
| Concepto | Precio | Cómo se calcula |
|---|---|---|
| Derechos de extensión | 17,37 €/kW + IVA | Se multiplica por los kW contratados |
| Derechos de acceso | 19,70 €/kW + IVA | Se multiplica por los kW contratados |
| Derechos de enganche | 9,04 € fijos + IVA | Importe fijo, no depende de la potencia |
Los importes de los derechos de extensión y acceso están fijados en la Orden ITC/3519/2009 y no han variado desde entonces. Son los mismos en toda España, con cualquier distribuidora y cualquier comercializadora.
¿Qué cubre cada uno?
- Derechos de extensión Compensan a la distribuidora por el mantenimiento y la infraestructura de red necesaria para conectar el punto de suministro. Solo se pagan en determinados casos (ver más abajo).
- Derechos de acceso Cubren el derecho a utilizar la red de transporte eléctrica. Se pagan siempre que se activa un suministro o se aumenta la potencia.
- Derechos de enganche Cubren la operación técnica de conectar físicamente la instalación a la red. Se pagan en casi todos los casos de alta o reconexión.
Cuánto pagarás según tu situación
El importe final no es el mismo para todo el mundo. Hay cuatro situaciones habituales, y en cada una se pagan derechos distintos.
Situación 1 — Alta nueva (vivienda sin suministro previo)
Se pagan los tres derechos: extensión + acceso + enganche.
Ejemplos calculados para potencias habituales (sin IVA):
| Potencia contratada | Derechos de extensión | Derechos de acceso | Enganche | Total sin IVA | Total con IVA (21%) |
|---|---|---|---|---|---|
| 2,3 kW | 39,95 € | 45,31 € | 9,04 € | 94,30 € | 114,10 € |
| 3,45 kW | 59,93 € | 67,97 € | 9,04 € | 136,94 € | 165,70 € |
| 4,6 kW | 79,90 € | 90,62 € | 9,04 € | 179,56 € | 217,27 € |
| 5,75 kW | 99,88 € | 113,28 € | 9,04 € | 222,20 € | 268,86 € |
| 6,9 kW | 119,85 € | 135,93 € | 9,04 € | 264,82 € | 320,43 € |
¿Qué potencia es la más habitual? Para un piso estándar sin aire acondicionado, 3,45 kW suele ser suficiente. Con electrodomésticos intensivos (climatización, cocina de inducción, termo eléctrico), lo más común es 4,6 kW o 5,75 kW. Si tienes dudas sobre cuál elegir, conviene revisarlo antes de tramitar el alta: la potencia también determina el importe fijo de cada factura mensual.
Situación 2 — Suministro dado de baja hace menos de 3 años
En este caso, los derechos de extensión ya están pagados y siguen vigentes: solo se pagan acceso y enganche.
Ejemplos calculados (sin IVA):
| Potencia contratada | Derechos de acceso | Enganche | Total sin IVA | Total con IVA (21%) |
|---|---|---|---|---|
| 2,3 kW | 45,31 € | 9,04 € | 54,35 € | 65,76 € |
| 3,45 kW | 67,97 € | 9,04 € | 77,01 € | 93,18 € |
| 4,6 kW | 90,62 € | 9,04 € | 99,66 € | 120,59 € |
| 5,75 kW | 113,28 € | 9,04 € | 122,32 € | 148,01 € |
Importante: si la baja lleva menos de 3 años pero quieres contratar más potencia que la que había antes, sí tendrás que pagar derechos de extensión y acceso, pero solo por la diferencia de kilovatios que aumentas.
Situación 3 — Suministro dado de baja hace más de 3 años
Los derechos de extensión han caducado. El proceso se trata como una alta nueva desde cero: se pagan los tres derechos completos, igual que en la Situación 1.
Situación 4 — Suministro cortado por impago
Depende del estado en que quedó el contrato:
- Si el suministro solo fue cortado pero el contrato sigue activo: se pagan los derechos de enganche para la reconexión (9,04 € + IVA), además de regularizar la deuda.
- Si el contrato fue dado de baja después del corte: hay que tramitar un alta nueva, con los derechos correspondientes según el tiempo de baja.
Costes adicionales que pueden sumarse
Boletín eléctrico (CIE): hasta ~150 € orientativos
El boletín eléctrico, o Certificado de Instalación Eléctrica, lo emite un instalador autorizado y certifica que la instalación cumple la normativa de seguridad. Su coste lo fija el instalador libremente: no está regulado. Como referencia, suele moverse entre 80 € y 150 €, aunque puede variar según la comunidad autónoma y la complejidad de la instalación.
Cuándo es obligatorio renovarlo:
- Cuando la vivienda nunca ha tenido suministro (alta por primera vez).
- Cuando el boletín actual tiene más de 20 años de antigüedad.
- Cuando se quiere contratar una potencia superior a la que certifica el boletín vigente.
Si el boletín sigue en vigor y la potencia que vas a contratar está dentro de lo que certifica, no hay que renovarlo.
Depósito de garantía: poco frecuente, pero posible
Algunas comercializadoras pueden solicitar un depósito de garantía (funcionalmente similar a una fianza) al formalizar el contrato. No es habitual y solo puede exigirse durante los primeros 6 meses. Su importe equivale, aproximadamente, a una mensualidad estimada de consumo.
Cuándo y cómo se pagan estos derechos
Todos los derechos del alta se incluyen en la primera factura de luz que recibes tras la activación del suministro. Nunca antes, nunca en efectivo y nunca directamente a ningún técnico o comercial.
Señal de alarma: si alguien te pide el pago del alta antes de que llegue tu primera factura, o en efectivo, no estás ante un proceso legítimo. Los derechos de alta son costes regulados que aparecen desglosados en la factura y se abonan a través de tu método de pago habitual.
La comercializadora recauda estos importes y los traslada a la distribuidora de tu zona. Tú no tienes que hacer ninguna gestión directa con la distribuidora para el pago.
Lo que sí varía entre compañías: la tarifa, no el alta
Una vez pagados los derechos del alta (iguales en todas las compañías), entra en juego el coste de la tarifa que eliges. Ahí sí hay diferencias: precio del kWh, discriminación horaria, permanencia, atención al cliente y condiciones de renovación.
Elegir bien la tarifa en el momento del alta tiene impacto directo en lo que pagarás cada mes. Es uno de los errores más habituales: tramitar el alta con la primera comercializadora que aparece, sin revisar si las condiciones son las más adecuadas para el perfil de consumo real.
¿Tienes dudas sobre cuánto te va a costar tu alta concreta?
Los precios de los derechos están regulados y son los mismos en todas las compañías. Lo que sí puede cambiar es tu situación particular: si tienes que renovar el boletín, qué potencia te conviene contratar o si tu suministro lleva más o menos de tres años de baja.
VD Energy analiza tu situación, gestiona el alta y te ayuda a elegir la tarifa adecuada, sin coste adicional para ti. Nos encargamos del trámite y resolvemos las dudas que surjan por el camino. Tú solo tienes que facilitarnos los datos básicos.
¿Prefieres comentar tu caso antes de empezar? Cuéntanoslo y te orientamos sin compromiso.
Preguntas frecuentes sobre el precio del alta de la luz
¿Los derechos de alta son los mismos con Endesa, Iberdrola o cualquier otra compañía?
¿Puedo negociar o evitar pagar alguno de los derechos?
¿El boletín lo pago a la comercializadora?
¿Los derechos de alta son distintos si contrato gas y luz juntos?
Importes regulados por la Orden ITC/3519/2009. Para cualquier duda sobre tu situación concreta, consulta con tu comercializadora o con un asesor energético.
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